QUIEN, COMO Y CUANDO DECLARAR IMPUESTO A LA RENTA

QUIEN, COMO Y CUANDO DECLARAR IMPUESTO A LA RENTA

QUIEN, COMO Y CUANDO DECLARAR IMPUESTO A LA RENTA ANUAL PARA EMPRESAS

Revisando el portal de Sunat, indica que podemos presentar la DDJJ Anual del Impuesto a la Renta en 03 formas. ¿Puedo elegir cualquier forma o cual me corresponde?

1.- D.S. 179-2004-EF

*  TUO de la Ley del Impuesto a la Renta

2.- Resolución de Superintendencia 015-2019/SUNAT

*  Aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Jurada anual del impuesto a la renta y de las transacciones financieras del ejercicio gravable 2019.

1.- ¿Todas las empresas estamos obligados a presentar la DDJJ (Declaración Jurada) Anual del IR (Impuesto a la Renta)?

Si, se encuentran obligados por ejercer rentas de Tercera categoría (Es decir inmersos en Régimen Mype y/o General), al margen de haber obtenido Ganancia o pérdida. Asimismo, aquellos que hubieran realizado el pago de más del 15% de sus OBLIGACIONES sin utilizar Dinero en efectivo o medios de pago (además deberán presentar la DDJJ Anual del pago de Impto. a las Transacciones Financieras). Salvo (excepto), aquellos que efectúen rentas comprendidas en el Nuevo RUS y Régimen Especial del IR.

Tener presente: 

1.- Las empresas en el periodo, se encuentren en BAJA DE OFICIO O SUSPENDIDO y haya generado ingresos o gastos declarados o no, deberán presentar la DDJJ Anual del IR. Por ejemplo, no tuve ventas durante el año, pero tiene gastos de comisión y mantenimiento de cuenta por mantener cuenta corriente de la empresa, entonces está obligado declarar.

2.- Las personas naturales que hayan dado de baja el Tributo de Renta de Tercera categoría y su RUC se encuentra activo por otro tipo de rentas (es decir 1era o 2da o 4ta o 5ta cat.), se encuentran obligados a presentar la DDJJ anual del IR.

2.- ¿Resido en el extranjero y recibo ingresos de Perú?

No están obligados.

3.- ¿Cuánto es la multa por no presentar la DDJJ Anual en el plazo según cronograma indicado por SUNAT?


La multa es 01 UIT, la DDJJ Anual del 2019 a presentarse según cronograma de Sunat en 2020, con una rebaja del 90%, es decir la multa será del 10% de 01 UIT. Tener presente que la rebaja aplica cuando se declare y pague de forma voluntaria.

4.- ¿Cuáles son las formas para efectuar la declaración jurada anual?

Respondiente la pregunta inicial. Existen 03 formas, las cuales se detallan:

1era. Forma: FORMULARIO VIRTUAL 710: Renta Anual – SIMPLIFICADO – Tercera categoría.

Se encuentran todos aquellos que hubieran incurrido en Rentas de Tercera categoría o pérdidas, es decir inmersos en los regímenes Mype o General, salvo se encuentren en las condiciones del Formulario Virtual 710: Renta Anual – COMPLETO.

Pasos a declarar:

1.   Portal Sunat / Operaciones en línea (SOL) / Declara Renta Anual 2019 / Empresas.


2.   Ingrese RUC / Usuario / Contraseña / Elegir periodo (2019)

Se mostrará:

1.- Datos a consignar de INFORMACIÓN:

–      Exoneraciones  SI/NO

–      Inafectaciones   SI/NO

–      Donaciones       Si/No

–      Datos del Contador

–      Datos del representante legal / Alquileres pagados /Empresa constructoras

2.- Datos de los Estados Financieros:


2da. Forma: FORMULARIO VIRTUAL 710: Renta Anual – COMPLETO – Tercera categoría.

Debe ser utilizado únicamente por los sujetos que durante el ejercicio gravable a declarar hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto, y que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:


Previamente instalar el módulo en línea, link: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/impuesto-a-la-renta-empresas/declaraciones-anuales-empresas/renta-anual-2019-empresas


3ra. Forma: PDT 710: Renta Anual – Tercera categoría.

Solo podrá ser utilizado excepcionalmente en los casos que por causas no imputables a los contribuyentes estos se encuentren imposibilitados de presentar la Declaración a través de SUNAT Virtual.

A partir del 25 marzo 2020 se contará con la instalación del PDT 710.

5.- ¿Cuándo es el plazo máximo para presentar la Declaración Jurada Anual para personas jurídicas?