NUEVA VERSIÓN 3.7 DEL PDT 601- PLANILLA ELECTRÓNICA / PLAME
NUEVA VERSIÓN 3.7 DEL PDT 601- PLANILLA ELECTRÓNICA / PLAME
Publicaciones 31/01/20
Superintendencia de Administración Tributaria -SUNAT
– Resolución de Superintendencia N° 025-2020/SUNAT
Autorizan acondicionar y/o actualizar el PLAME según:
1.- D.U. 028-2019, art.02 (Modifica k, art.6, D. Legislativo 1057)
ü Cambios de Es salud al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS.
2.- D.U. 043-2019, art.02 (Modifica art.9, Ley 27360)
ü Cambios en Es salud al Régimen agrario
ü D.S. 380-2019-EF
a. Cambio de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT con aplicación periodo 2020.
1.- ¿Qué cambios afectará la nueva versión 3.7 del PLAME?
a. Cambios EsSalud al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -CAS.
(Art.6 del D. Leg. 1057.), establecen nuevos Topes máximos de aplicación a los aportes de Es salud.
En conclusión, para el periodo 2020, el aporte de EsSalud por CAS, es sobre la base o Remuneración Bruta, mínima de la RMV (S/930) y el tope máximo del 45% UIT (S/4,300*45%), por el 9%.
b. Cambios EsSalud al Régimen del Sector Agrario.
– Referidos a la contratación laboral:
– Referidos al aporte de EsSalud