NUEVA VERSIÓN 3.7 DEL PDT 601- PLANILLA ELECTRÓNICA / PLAME

NUEVA VERSIÓN 3.7 DEL PDT 601- PLANILLA ELECTRÓNICA / PLAME

Publicaciones 31/01/20

Superintendencia de Administración Tributaria -SUNAT

–     Resolución de Superintendencia N° 025-2020/SUNAT

Autorizan acondicionar y/o actualizar el PLAME según:

1.- D.U. 028-2019, art.02 (Modifica k, art.6, D. Legislativo 1057)

ü Cambios de Es salud al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS.

2.- D.U. 043-2019, art.02 (Modifica art.9, Ley 27360)

ü Cambios en Es salud al Régimen agrario

ü D.S. 380-2019-EF

a.   Cambio de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT con aplicación periodo 2020.

1.- ¿Qué cambios afectará la nueva versión 3.7 del PLAME?

a.   Cambios EsSalud al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -CAS. 

(Art.6 del D. Leg. 1057.), establecen nuevos Topes máximos de aplicación a los aportes de Es salud.

 

En conclusión, para el periodo 2020, el aporte de EsSalud por CAS, es sobre la base o Remuneración Bruta, mínima de la RMV (S/930) y el tope máximo del 45% UIT (S/4,300*45%), por el 9%.

b.   Cambios EsSalud al Régimen del Sector Agrario.

–      Referidos a la contratación laboral:

–      Referidos al aporte de EsSalud